Un juez considera que aunque el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la Unión Europea no se aplica al procesamiento de datos “puramente personal” o “doméstico”, no se tenía en cuenta en este caso, porque al publicar fotografías en las redes sociales, la abuela las puso a disposición de un público más amplio, sin contar con el permiso de los padres. https://www.bebesymas.com/noticias/abuela-condenada-a-eliminar-fotos-sus-nietos-redes-sociales-incumplir-ley-proteccion-datos