La AEPD, entiende que la base legal para utilizarlo no puede ser el interés público, ya que requeriría de una norma con rango de ley que lo habilitase, por lo tanto se decanta por el consentimiento libre del alumnado.
La AEPD, entiende que la base legal para utilizarlo no puede ser el interés público, ya que requeriría de una norma con rango de ley que lo habilitase, por lo tanto se decanta por el consentimiento libre del alumnado.