diciembre 26, 2018

Cumplimiento normativo

Derecho de Nuevas Tecnologías (RGPD – LOPDGDD)

La incidencia de la tecnología digital sobre las relaciones sociales, las formas de organización económica, sobre el modo de obtención, disfrute y transmisión de los bienes, y, en suma, sobre las formas de establecer la comunicación interpersonal en todas las facetas, reclama inevitablemente una seguridad específica.

El Reglamento Europeo (UE) 2016/679, y la Ley Orgánica de Protección de Datos, y Garantías de Derechos Digitales supone un antes y un después en la privacidad, que implica una serie de cambios significativos en todas aquellas empresas, profesionales, autónomos, asociaciones, comunidades de vecinos, clubes…, para adecuarse a esta normativa.

Qué servicios prestamos

  • Análisis de riesgo para los derechos y libertades del interesado
  • Confección del Registro de Actividades de tratamiento
  • Actualización de los contratos de encargado de tratamiento.
  • Actualización acuerdo confidencialidad, funciones y obligaciones
    de los empleados
  • Consentimiento expreso
  • Implantación de medidas organizativas y técnicas.
  • Procedimientos para el ejercicio de los derechos de los interesados
  • Asesoría legal en normativa de Protección de datos
  • Nombramiento del Delegado de Protección de datos (si procede)
  • Evaluación de Impacto de protección de datos (si procede)

Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio
Electrónico (LSSI)

Aviso Legal, y política de privacidad en la página web para cumplir el deber de información de los prestadores de servicios de la sociedad de la información que no realicen o no actividades de e-Commerce (comercio electrónico)

Compliance

El compliance es, por decirlo en una palabra, una cultura, que no sólo evita riesgos y genera seguridad jurídica, sino que además hace mejor a las empresas.

A estas alturas, todos o casi todos los empresarios, consejeros delegados y altos directivos de empresas han oído hablar del compliance, y conoce que detrás de este concepto hay el diseño y puesta en marcha de una serie de medidas internas y procedimientos corporativos orientados a lograr que una empresa, directivos y empleados incluidos, conozca y cumpla el marco regulatorio que le resulta de aplicación.

La reforma del Código Penal del 1 de julio de 2015 en relación con la responsabilidad penal que pueden adquirir las empresas por vulneraciones de la normativa por parte de sus directivos y mandos puso el foco de los Consejos de Administración sobre las llamadas políticas de compliance.

Qué servicios prestamos

  • Evaluación de riesgos penales: Confección e implementación del
    programa de Compliance
  • Compliance Officer: Si la empresa no tiene a tribuida esta función en su estructura, le ayudamos a diseñar un esquema unipersonal o colegiado para llevarla a cabo
  • Diseñamos para nuestros clientes los códigos de Ética y las políticas internas que constituyan el marco normativo de la empresa.

Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC)

La ley 10/2010 establece una lista exhaustiva y cerrada de quiénes son los sujetos obligados a prevenir el blanqueo de capitales en sus actividades empresariales: entidades financieras, casinos, asesores fiscales, inmobiliarias, abogados, joyeros, entre otros.

Qué servicios prestamos

  • En esta materia ofrecemos a nuestros clientes una plataforma cloud de cumplimiento normativo que permite la gestión automatizada de Sistemas de PBC&FT y Transparencia.
  • Está accesible las 24 horas del día desde cualquier lugar y con cualquier dispositivo con acceso a internet (ordenador, tablet, smartphone,…) .
  • Cuenta con un entorno de trabajo limpio y guiado, para reducir los tiempos de trabajo y facilitar el aprendizaje del usuario.
  • Ha sido especialmente diseñada para PYMES y Despachos Profesionales.
  • Este colectivo es el que más dificultades está encontrando para cumplir con las exigencias legales en esta materia, debido principalmente a la falta de tiempo, recursos y presupuesto para afrontar esta problemática
  • Es la solución definitiva para cumplir la Ley 10/2010 y la Ley 19/2013.

Plan de igualdad para las empresas

¿Para qué se elabora un plan de igualdad empresarial?

  1. Porque obliga la Ley (RD 901/2020 y 902/2020 sobre inscripción de Planes e Igualdad retributiva ) a las empresas a adoptar este tipo de estrategias internas.
  2. Para optimizar los recursos humanos y para eliminar cualquier tipo de discriminación que por razón de sexo pueda existir en la empresa

¿En qué beneficia a la empresa?

  1. INCREMENTA la satisfacción del personal y mejora el clima laboral, rentabiliza y retiene el talento.
  2. POTENCIA criterios de Responsabilidad Social Empresarial.
  3. ESTIMULA PRODUCTIVIDAD, gracias a la mejor gestión del tiempo y de los Recursos Humanos.
  4. MEJORA la IMAGEN, reputación y prestigio social frente a clientela y sociedad repercute en una imagen externa positiva.
  5. DISTINTIVO DE CALIDAD que acredita como “Entidad colaboradora en Igualdad de Oportunidades”.
  6. MAYOR EFICACIA de los recursos humanos utilizando la capacidad y potencial del componente trabajador femenino.
  7. BENEFICIO EN RELACIÓN A LA CONTRATACIÓN con la Administración pública.

Cómo lo hacemos

  • Fase 1.- Procedimiento de Constitución de la Comisión Negociadora.
  • Fase 2.- Realización del diagnóstico de situación con indicadores cualitativos y cuantitativos en las materias previstas en el artículo 46.2 de la lo 3/2007 de 22 de marzo.
  • Fase 3.- AUDITORÍA RETRIBUTIVA entre hombres y mujeres de conformidad
    con lo establecido en el RD 902/2020, de 13 de octubre.
  • Fase 4.- Elaboración del plan de igualdad atendiendo a los contenidos especificados en el rd 901/2020 de 13 de octubre
  • Fase 5.- Asesoramiento y acompañamiento en la solicitud de registro del plan en el registro público correspondiente.
  • Fase 6.- Seguimiento, evaluación y revisión anual de la implantación y cumplimiento del plan de igualdad